1.218 prisioneros pol铆ticos en Cuba en 12 meses

1.015 prisioneros HOY en Cuba
874 de ellos en prisi贸n por las manifestaciones pac铆ficas del 11J

1) PRISIONEROS POL脥TICOS VERIFICADOS EN CUBA
Desde el 1 de mayo de 2021 hasta el 30 de abril de 2022 han sufrido prisi贸n pol铆tica un total de
1.218 prisioneros pol铆ticos en Cuba. Todos ellos son torturados, como qued贸 patente con el estudio cient铆fico y pormenorizado basado en m谩s de cien casos tomados aleatoriamente y basado en 15 tipos de tortura sometido al Comit茅 contra de Tortura de las Naciones Unidas, Comit茅 que ha enfrentado con correcci贸n y valent铆a el di谩logo con Cuba, como pudimos ver en el v铆deo p煤blico de las sesiones.

En este momento concreto, con cierre de datos a fecha 30 de abril de 2022, la lista de prisioneros pol铆ticos en Cuba contiene 1.015 prisioneros sufriendo condenas judiciales, as铆 como tambi茅n disposiciones de limitaci贸n de libertad por parte de las fiscal铆as sin supervisi贸n judicial alguna, en flagrante violaci贸n de la ley internacional y el debido proceso.

La lista ha sufrido altas y bajas (por cumplimientos, absoluciones -las menos- y subsidios no limitativos de libertad). Cada mes se hace m谩s complejo aflorar casos del 11J debido a 4 factores primordiales: a) la incomunicaci贸n end茅mica, b) la merma de capilaridad de la sociedad civil (cada vez con m谩s activistas en prisi贸n), c) el estado de amenaza permanente de los familiares, y d) la censura de los documentos fiscales y judiciales por medio de los abogados, que en Cuba dependen jer谩rquica, org谩nica y econ贸micamente del Ministerio de Justicia (ver Opiniones 63/2019 y 63/2021 del WGAD de Naciones Unidas basadas en nuestro Dictamen sobre la Abogac铆a en Cuba).

Reflejamos estos 1.015 prisioneros pol铆ticos verificados en Cuba, como cada mes, en la lista de Prisoners Defenders, que hacemos p煤blica y distribuimos en todos los 谩mbitos pol铆ticos, diplom谩ticos y de defensa de los derechos humanos. Con 145 prisioneros pol铆ticos se inici贸 el mes de mayo del a帽o pasado. Desde entonces hasta el 30 de abril de 2022, otros 1.073 prisioneros pol铆ticos nuevos m谩s se han sumado a los 145 primeros, arrojando un total de 1.218 prisioneros pol铆ticos durante estos 煤ltimos 12 meses.

Prisoners Defenders (PD) sostiene que en la razzia del 11J m谩s de 5.000 personas fueron detenidas y m谩s de 1.500 fueron procesadas penalmente, muchas decenas menores de hasta 13 a帽os de edad.

2) 1.015 PRISIONEROS POL脥TICOS: NI脩OS PRISIONEROS Y FAMILIAS REHENES
Prisoners Defenders ha podido verificar una lista de 1.015 prisioneros pol铆ticos en Cuba a 30/4/2022. De 茅stos 1.015 casos:

• 32 ni帽os y 4 ni帽as est谩n presentes en nuestra lista de prisioneros pol铆ticos.
• 2 ni帽as y 7 ni帽os han sido ya sentenciados por Sedici贸n con alt铆simas penas de privaci贸n de libertad.
• 167 manifestantes, incluyendo estos menores, han sido ya sentenciados por Sedici贸n.
• 718 prisioneros pol铆ticos ya han sido sentenciados, y 124 de ellos con penas firmes de m谩s de 10 a帽os.
• Al menos 133 mujeres son prisioneras pol铆ticas del r茅gimen de Cuba.

Estas cifras siguen escandalosas, terror铆ficas. Pero tambi茅n hemos observado en el 煤ltimo mes que las condenas han ido decreciendo en t茅rmino seg煤n el Gobierno de Cuba recib铆a la presi贸n de diferentes 贸rganos internacionales, especialmente el Comit茅 Contra la Tortura y el Comit茅 de los Derechos del Ni帽o, que est谩n en proceso de revisi贸n del Estado Parte, Cuba, adem谩s de la cr铆tica un谩nime durante meses de toda la prensa y diplomacia internacional. La presi贸n de la Uni贸n Europea a煤n es tibia. El aumento de 茅sta puede salvar vidas.

3) RECONOCEMOS EN CUBA M脕S DE 10.000 PRISIONEROS POL脥TICOS

Reconocemos en Prisoners Defenders, durante el mes de abril de 2022, 1.015 prisioneros pol铆ticos en Cuba (ver lista) relacionados con un activismo o expresi贸n p煤blica evidente de oposici贸n a las pol铆ticas gubernamentales o defensa de los derechos fundamentales del ser humano.

Adem谩s reconocemos, como cada mes, otros 11.000 civiles, j贸venes en su gran mayor铆a, no pertenecientes a organizaciones opositoras, con penas medias de 2 a帽os y 10 meses, que sufren condenas “pre-delictivas”, es decir, sin delito alguno cometido.

El C贸digo Penal contempla que ser铆an personas con tendencia a poder cometer delitos en el futuro “por la conducta que observa en contradicci贸n manifiesta con las normas de la moral socialista” (Art. 72 de C贸digo Penal). As铆, se les imponen penas de 1 a 4 a帽os de prisi贸n sin delito ni investigado, ni sucedido, ni cometido, ni tentativo. L贸gicamente, estas penas se aplican desde la juventud a todos aquellos que osen mostrar desafecto por las pol铆ticas gubernamentales. Tambi茅n se emplean para satisfacer actos represivos personales y abusos de poder de tipo local. En estos casos no hay proceso penal como tal, no hay defensa posible, ni siquiera de forma hipot茅tica.

El informe de las autoridades policiales permite, sin delito alguno, encarcelar de forma sumar铆sima a帽o tras a帽o por decisiones sumar铆simas a m谩s de 3.850 personas condenadas cada a帽o en el pa铆s, para sumar una cifra estable de 11 mil personas condenadas por su hipot茅tica “peligrosidad predelictiva antisocial” en toda Cuba.

4) 776 CONVICTOS DE CONCIENCIA Y 209 CONDENADOS DE CONCIENCIA

Tras la revisi贸n de cientos de documentos judiciales, hemos tomado la determinaci贸n de hacer evolucionar el concepto de Convicto de Conciencia que heredamos de conceptos preconfigurados entre diversas ONGs.

Hasta la fecha, las ONGs han pretendido buscar idealizaciones del modelo “Ghandi” para nombrar presos de conciencia. Esto aseguraba una posici贸n conservadora de la ONG, con el fin de evitar riesgos. Analizando la situaci贸n en Cuba y diversos pa铆ses de Asia donde operamos, encontramos que es un error grav铆simo que s贸lo lleva a violar la presunci贸n de inocencia cuando no existe la flagrancia, y que es un concepto garantista y c贸modo para las ONGs, pero no para la verdad jur铆dica, que es el bien a proteger por encima de las consideraciones de asepsia para las ONGs implicadas.

No se trata de proteger y ser conservador con la imagen p煤blica de la ONG, un error que ha llevado a la desprotecci贸n de numerosas v铆ctimas, sino salvaguardar la verdad jur铆dica y material para la protecci贸n de las v铆ctimas de violaciones a los derechos fundamentales.

En la teor铆a jur铆dica moderna un principio inviolable por excelencia, en ausencia de flagrancia, debe ser el principio de la presunci贸n de inocencia. Es el precepto que garantiza la posible aplicaci贸n de la justicia. Otro pilar para arribar a la justicia, igualmente, es el debido proceso. S贸lo mediante 茅ste, y asumida la presunci贸n de inocencia como punto de partida necesario, se puede aspirar a arribar a la verdad jur铆dica y material.

Hemos tomado la determinaci贸n, analizando la palmaria falta de presunci贸n de inocencia y del debido proceso en todos los casos del 11J, casi todos ellos analizados jur铆dicamente mediante los Expedientes de Fase Preparatoria, los autos de Petici贸n Fiscal y las Sentencias, en determinar como Convictos de Conciencia y Condenados de Conciencia, a aquellas personas cuya privaci贸n o limitaci贸n de libertad sea consecuencia de:

a) La violaci贸n por motivos pol铆ticos y/o ideol贸gicos del ejercicio de los derechos de libertad de conciencia, pensamiento, expresi贸n, manifestaci贸n, reuni贸n y/o asociaci贸n u otros derechos humanos.

b) La violaci贸n por motivos pol铆ticos y/o ideol贸gicos de los principios de presunci贸n de inocencia y/o debido proceso o como consecuencia de una investigaci贸n prospectiva.

c) La violaci贸n por motivos pol铆ticos y/o ideol贸gicos del principio de neutralidad, imparcialidad y/o derecho a la defensa.

Por ello, los 1.015 prisioneros pol铆ticos verificados por su ejercicio de la defensa de sus derechos fundamentales se dividen en Convictos de Conciencia, Condenados de Conciencia y Otros Presos Pol铆ticos. La clasificaci贸n actual de 茅stos es la siguiente:

• 776 Convictos de Conciencia, privados de su libertad.

• 209 Condenados de Conciencia, que sufren de otras situaciones penales de limitaci贸n de libertad.

• 30 casos de Otros Presos Pol铆ticos, no catalogables como Convictos de Conciencia por acciones graves penalmente reprochables, pero en cuya causal de origen est茅 la represi贸n de derechos fundamentales y cuyos desproporcionados procesos y penas sean ejecutados mediante una violaci贸n grave a sus derechos de defensa y debido proceso por motivos pol铆ticos y/o ideol贸gicos.

5) LA NULA PERICIA JUDICIAL DE LA JUDICATURA CUBANA

El cambio global paralelo en todas las causas judiciales del 11J a partir de enero, disminuyendo ligeramente todas las penas (algo que jam谩s se da en Cuba salvo en contadas excepciones) y coincidiendo con el creciente descr茅dito del Gobierno y su represi贸n en Cuba, no demuestra m谩s que a un Ejecutivo que controla de manera completa la funci贸n judicial, repleta de presidentes de tribunales provinciales, municipales y jueces que demuestran ser meras marionetas al servicio del Ministerio de Justicia y la Seguridad del Estado. Para arribar a dicha conclusi贸n basta leer cualquiera de los cientos de sentencias en nuestro poder: el 100% de ellas viola de manera escatol贸gica y rid铆cula todo principio de legalidad internacional.

Todos los escritos transgreden la presunci贸n de inocencia, el principio de contradicci贸n, la igualdad entre las partes, la protecci贸n de la defensa independiente, as铆 como se usan sin recato las t茅cnicas prospectivas y violatorias de derecho (proscritas en la legalidad internacional), se interpreta err贸neamente la ley penal, se abusa de las descalificaciones morales y personales prejuiciosas de los acusados o se emplean las periciales de parte otorg谩ndoles valor de periciales independientes, entre otras infinitas lagunas legales que hemos comprobado tienen todos los jueces firmantes. No hemos encontrado hasta la fecha una sola condena, una sola, que no pueda ser revocada y anulada jur铆dicamente por un estudiante medio de pen煤ltimo curso de leyes no graduado de cualquier pa铆s moderno democr谩tico de derecho. Y esto no es casualidad. Es un dise帽o perfectamente estructurado desde la Universidad hasta el proceso de elecci贸n de carrera profesional, determinado por el partido comunista, y no por el estudiante. El poder judicial en Cuba demuestra ya desde hace muchas d茅cadas estar completamente anulado.

¿C贸mo controla el Ejecutivo hasta tal punto el sistema judicial? Expertos internacionales consultados por Prisoners Defenders convienen en afirmar, en l铆nea con el p谩rrafo anterior, que el an谩lisis de la ampl铆sima cantidad de sentencias demuestra que la judicatura en Cuba posee una nula formaci贸n penal internacional, lo que hace que los textos sean panfletarios, violatorios de todo debido proceso y l贸gica penal, y al tiempo pueriles e infantiles en sus argumentaciones. Como conclusi贸n, indican, la formaci贸n en la judicatura cubana demuestra as铆 estar al nivel de los pa铆ses m谩s subdesarrollados del mundo. Esta mediocridad se complementa, y esto lo conocemos de primera mano, con una selecci贸n cuidada de personalidades manipulables y dependientes, mayor cuanto m谩s alto grado en el escalaf贸n judicial, lo cual genera una dependencia total para la supervivencia por la mediocridad intelectual y la consecuente sumisi贸n por supervivencia.

Como colof贸n, Cuba no reconoce la separaci贸n de poderes y emplea el sistema judicial como una mera “funci贸n” del Estado, regido por el partido comunista como entidad supraconstitucional y supraestatal (art. 5 de la Constituci贸n).

Fuente: Cuba Prisioners Defenders

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